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Quinto Informe Anual





               Garantizar el cuidado supone                     derechos orientada a los cuidados integrales. El SENA-

               una política integral que amplíe                 MA cuenta con competencias en materia de asistencia
                                                                técnica y las SEREMI de Salud realizan fiscalizaciones
               sustantivamente la oferta,                       sanitarias, pero ninguna de estas instancias aborda
               fortalezca la institucionalidad y                todas las dimensiones que el monitoreo identifica
                                                                como críticas: el trato, el ejercicio de derechos y la
               despliegue alternativas graduales,               calidad de vida.
               reservando la institucionalización               El Estado dispone de experiencias equivalentes en

               para cuando sea estrictamente                    la protección de otros grupos de la población, de las
                                                                cuales es posible extraer aprendizajes sobre modelos
               necesaria y atendiendo, además, a                de institucionalidad, estándares y mecanismos de
               las condiciones que atraviesan la                control independientes. Mientras ese marco no se
                                                                consolide, cobra mayor relevancia el monitoreo que
               vida de estas personas: dependencia              ejercen instituciones independientes, como el Comité
               funcional, escasez de redes de apoyo             de Prevención contra la Tortura, cuya intervención no
                                                                sustituye la fiscalización estatal, sino que la comple-
               y precariedad económica.                         menta y la interpela.

                                                                Estos nudos comparten un trasfondo común. El cuidado
                                                                de las personas mayores es una obligación que el Estado
                                                                debe garantizar y que no se agota en los ELEAM ni en
                                                                las camas sociosanitarias. No se trata únicamente de
               dencial digna debe, además, favorecer su autonomía y   perfeccionar la institucionalidad y la oferta existente:
               resguardar su calidad de vida y sus derechos. La salud   las camas sociosanitarias no constituyen una respues-
               mental, en ese marco, aparece como el ámbito más   ta efectiva; son, por el contrario, el resultado de una
               desatendido, pese a que las estadías prolongadas   profunda brecha en la oferta residencial pública que
               tienden a agravar el deterioro cognitivo y anímico.   el envejecimiento acelerado del país volverá cada vez
               El tercero es la judicialización de los cuidados. Una   más crítica.
               proporción relevante de los ingresos proviene de   Garantizar el cuidado supone, entonces, una política
               derivaciones judiciales por maltrato o abandono. Si   integral que amplíe sustantivamente la oferta, forta-
               bien la vía judicial cumple una función protectora   lezca la institucionalidad y despliegue alternativas
               indispensable, su peso creciente revela que el ingreso   graduales —apoyo domiciliario, dispositivos comu-
               a un dispositivo de cuidado opera, con frecuencia,   nitarios y soluciones intermedias—, reservando la
               como respuesta de última instancia ante la falta de   institucionalización para cuando sea estrictamente
               alternativas previas, lo que tensiona la planificación de   necesaria y atendiendo, además, a las condiciones
               la oferta y plantea el riesgo de que la política pública   que atraviesan la vida de estas personas: dependencia
               termine guiada por la urgencia judicial más que por   funcional, escasez de redes de apoyo y precariedad
               criterios de cuidado progresivo.                 económica. Desde su labor de monitoreo, el CPT aporta
               El cuarto eje es la institucionalidad del cuidado de   una mirada colaborativa para que las políticas públicas
               las personas mayores y su supervisión. Por una parte,   protejan efectivamente a quienes se encuentran bajo el
               se plantean desafíos en la implementación de la Ley   cuidado o la custodia del Estado, resguardándoles del
               Integral de las Personas Mayores y en el consecuente   riesgo de malos tratos y de tratos crueles, inhumanos
               fortalecimiento del SENAMA; por otra, el país no   o degradantes. Reconocer lo avanzado y exigir más no
               ha definido con claridad qué órgano debe asumir la   es contradictorio: el país tiene el imperativo de honrar
               fiscalización de los ELEAM, ya no desde una mirada   su compromiso y asegurar que, en Chile, todas y todos
               estrictamente sanitaria, sino desde una perspectiva de   puedan envejecer con dignidad.


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