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Quinto Informe Anual





                Análisis































               El monitoreo de estos cinco años se inscribe en un mo-  El primero es la sobrecarga y la precariedad del personal
               mento decisivo. Como se ha mostrado en este capítulo,   de cuidado, compuesto mayoritariamente por mujeres
               el país cuenta hoy con un marco de protección para las   y, en muchos casos, sin formación especializada ni
               personas mayores bajo el cuidado del Estado sustan-  condiciones laborales estables. No se trata solo de un
               cialmente más robusto que el de la década anterior:   problema laboral: el agotamiento es uno de los factores
               la Convención Interamericana sobre la Protección de   que el propio monitoreo asocia con el trato brusco, las
               los Derechos Humanos de las Personas Mayores, el   omisiones de cuidado y la dificultad para sostener ac-
               Decreto N° 20, la Ley Integral de las Personas Mayores   tividades de estimulación. Reconocer el cuidado como
               y la Ley N° 21.805 configuran un bloque normativo   un trabajo que exige saberes, dotaciones suficientes y
               que reconoce el cuidado como un derecho y sitúa la   condiciones dignas es, por tanto, una condición para
               dignidad y la autonomía de las personas mayores en   la prevención y no un asunto ajeno a ella.
               el centro. Son avances que conviene reconocer.   El segundo es la necesidad de transitar desde una
               Un solo dato resume esa distancia: durante el primer   lógica de cuidados básicos hacia una de cuidados
               semestre de 2025, se registraron 1.122 personas hospi-  integrales . Tanto en los Eleam como en las unidades
                                                                         22
               talizadas con perfil sociosanitario en la red pública de   sociosanitarias, la vida cotidiana se organiza en torno
               salud, frente a 206 cupos disponibles en el programa.   a los requerimientos de salud, higiene y alimentación,
               Se trata, en su mayoría, de personas mayores sin redes   mientras la estimulación, la actividad significativa, y la
               de apoyo que aguardan —a veces durante años— una   mantención de las capacidades remanentes quedan
               alternativa residencial que no existe. Cerrar esa brecha   en un lugar secundario. No basta con que las personas
               no depende de un solo actor: exige financiamiento,   mayores estén bien atendidas: una alternativa resi-
               una oferta suficiente, coordinación intersectorial y
               mecanismos de fiscalización a la altura de los derechos
               que el país ha reconocido.                       22  Debe tenerse presente que el Art 12. Inc 1° de la Convención Interamericana
                                                                   sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores señala
               Más allá de ese nudo, lo observado en los ELEAM y en   que tienen derecho a un sistema integral de cuidados: “La persona mayor
                                                                   tiene derecho a un sistema integral de cuidados que provea la protección y
               las unidades sociosanitarias permite identificar cuatro   promoción de la salud, cobertura de servicios sociales, seguridad alimen-
               problemas transversales que el CPT estima necesario   taria y nutricional, agua, vestuario y vivienda; promoviendo que la persona
                                                                   mayor pueda decidir permanecer en su hogar y mantener su independencia
               atender de manera articulada.                       y autonomía”.


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