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Quinto Informe Anual





               Desde una perspectiva preventiva, se             se traduce automáticamente en igualdad de oportuni-

               exige que toda intervención en salud             dades y resultados en la práctica, ya que se requieren
                                                                capacidades institucionales, recursos y mecanismos
               mental se estructure sobre el respeto            de implementación que permitan hacerla efectiva.
               efectivo de la voluntad, las preferencias        Por otra parte, los Planes Nacionales de Salud Mental

               y el consentimiento libre e informado,           constituyen la principal expresión de la política públi-
                                                                ca en esta materia y orientan la organización de los
               incluso en contextos de mayor                    servicios, las estrategias de atención comunitaria y las

               vulnerabilidad, garantizando apoyos              metas operativas. Desde el Plan Nacional de Salud
                                                                Mental y Psiquiatría (2000a) y sus sucesores, como
               para la toma de decisiones cuando                el Plan Nacional de Salud Mental 2017–2025 (2017),
               existan dificultades para expresarlos.           la política sanitaria ha promovido el desarrollo de un
                                                                modelo de atención basado en servicios comunita-
                                                                rios, la integración de la salud mental en la atención
                                                                primaria y la articulación de las redes de atención, con
               los sectores involucrados. Estas brechas dificultan la   el objetivo de garantizar la continuidad asistencial y
               materialización de las garantías que la ley reconoce   la participación de la comunidad.
               y favorecen respuestas institucionales heterogéneas,   No obstante, los planes nacionales han enfrentado
               particularmente en ámbitos de alta complejidad, como   déficits presupuestarios y escasez de profesionales
               la atención de personas privadas de libertad o sujetas   especializados, lo que limita su implementación
               a medidas de seguridad.                          efectiva y sostenida en todo el territorio nacional.

               A pesar de los avances normativos en materia de inter-  La falta de financiamiento adecuado se traduce en
               vención terapéutica, se ha identificado que las dispo-  disparidades entre regiones respecto del acceso, la
               siciones que permiten la hospitalización psiquiátrica   oferta programática y los niveles de atención. Asi-
               involuntaria no incorporan plenamente los estándares   mismo, se han presentado brechas en la articulación
               de la Convención sobre los Derechos de las Personas   entre los servicios de educación, justicia, vivienda y
               con Discapacidad, particularmente en lo relativo a la   trabajo. La intersectorialidad planteada en los planes
               no discriminación por motivos de discapacidad y al   ha sido parcial y fragmentaria, lo que dificulta abordar
               consentimiento previo, libre e informado.        integralmente los determinantes sociales de la salud
                                                                mental. Ante ello, resulta imprescindible fortalecer
               La Ley N° 21.331 (2021) y los instrumentos administrativos   los mecanismos de implementación y monitoreo, los
               dictados para su implementación han sido objeto de   recursos y la participación social, así como alinear la
               observaciones por parte de distintas organizaciones,   normativa con los estándares internacionales más
               particularmente en relación con la insuficiente regula-  exigentes en materia de derechos humanos.
               ción de las medidas coercitivas que pueden adoptarse   Entre las regulaciones recientes vinculadas con la Ley
               en contextos de atención de salud mental, tales como   N° 21.331 se encuentra el Decreto N° 9 del MINSAL, que
               la contención física, el aislamiento u otras formas de   publica el Reglamento sobre Hospitalización Psiquiá-
               restricción de la libertad personal.
                                                                trica (2025), dictado en cumplimiento del artículo 27
               Se ha advertido que, a pesar del reconocimiento nor-  de dicha ley. Esta normativa define la hospitalización
               mativo de la igualdad en materia de acceso a la salud,   psiquiátrica como una modalidad de atención cerra-
               aún persisten diferencias entre el acceso efectivo a los   da, en régimen de hospitalización completa, que se
               servicios de salud mental y a los de salud física. Esto se   desarrolla en establecimientos públicos o privados
               traduce en desigualdades en la resolución de licencias   habilitados para tal efecto y está orientada a la recu-
               médicas, la cobertura financiera efectiva y la continuidad   peración de la salud y la reintegración social. Además,
               de los tratamientos. Es decir, la igualdad normativa no   establece criterios asociados a su carácter excepcional


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