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Tercer Informe Anual
Capítulo 3: Ejes Temáticos
1.2 Personas bajo custodia del Estado: trabaja (Alarcón y Barría. 2022. Maldonado. 2013). Junto
adolescentes con medida de justicia a lo anterior también se desarrolla en el seno de estos
juvenil, personas detenidas en unidades recintos un Plan Ambulatorio Intensivo de Alcohol y
policiales y privadas de libertad en Drogas (PAI) en Medio Privativo de Libertad, licitado por
recintos penitenciarios convenio con SENDA, dentro de un “Programa de adoles-
Es importante prever algunas consideraciones de atención centes infractores”. El PAI se dirige a quienes presentan
de salud durante las primeras horas de detención de las consumo problemático de drogas y hayan infringido la
personas, aspecto fundamental tanto para resguardar ley entre los 14 y los 18 años; está orientado al logro de
la salud de la persona como para asegurar el acceso a objetivos terapéuticos y los cupos son determinados
la justicia. En lo observado a la fecha, el CPT ha podido -suelen ser limitados y no lograr dar respuesta a las nece-
constatar que las brechas siguen siendo desmedidas, en sidades presentes-. Además, en estos lugares funciona el
particular en recintos para adultas/os, donde no resulta programa PRAPS descrito anteriormente, bajo la misma
ser prioritario. lógica reseñada en recintos para NNA bajo protección.
En las dependencias de Carabineros y de Policía De
Para las personas que se encuentran bajo custodia del
Estado, el acceso a prestaciones de salud mediante de- Investigaciones (PDI), no existen unidades de salud,
rivación a la red de salud pública requiere, por norma, siendo además frecuente que no se les consulte siste-
de la vigilancia constante por parte de personal unifor- máticamente a las personas detenidas sobre sus posibles
mado durante todo traslado y tiempo de permanencia patologías o tratamientos requeridos al momento de
en un centro de salud externo a la residencia, lo cual ser ingresadas. Asimismo, se observa una aplicación
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puede traducirse en algunos recintos en una tendencia poco rigurosa del formulario denominado acta de salud
a reducir estas salidas (bajo el argumento de la falta en algunas comisarías de Carabineros, reemplazando
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de personal, entre otros). Otros aspectos referentes al muchas veces de facto una constatación de lesiones ,
acceso a salud son tratados distintamente según el tipo valoración médica que debe efectuarse en un centro de
de recinto, su estructura y la población atendida, lo que salud. La presencia de botiquín de primeros auxilios en
se verá a continuación. las unidades policiales de Carabineros es muy variable, y
no se observaron botiquines en cuarteles de PDI visitados.
En los Centros de Internación Provisoria (CIP) y los Centros De igual modo, se constata disimilitudes con respecto
de Régimen Cerrado (CRC) en que se encuentran adoles- a la dotación de personal capacitado para entregar una
centes y jóvenes con una medida de justicia juvenil, existen primera respuesta ante emergencias de salud. Por un
unidades de salud con personal de salud que trabaja por lado, se valoran los avances al respecto en unidades
sistemas de turnos, cuyos funcionamiento y dinámica policiales de Carabineros, por ejemplo, al integrarse
resultan ser bastante similares a los recintos NNA por pro- estos contenidos en la formación continua, o también
tección con respecto a las prestaciones internas de salud,
así como con lo referente a derivaciones a la red de salud. 64 El acta de salud se encuentra en comisarías, se entrega a la persona detenida,
Una distinción que opera se relaciona con las condiciones quien indica enfermedades, medicación, lesiones, y luego debe firmarlo.
Dicho formulario es aplicado y absuelto por una/un funcionaria/o policial,
y posibles limitantes de traslado debido al régimen bajo quien realiza una valoración del estado de salud y/o lesiones. En caso de
custodia. Además, ciertos estudios demuestran que más presentar lesiones, el procedimiento dicta que se tiene que proceder a una
constatación de lesiones en un centro de salud.
del 60% de las/os jóvenes y adolescentes en privación de 65 El examen de constatación de lesiones es un procedimiento o acto médico que
libertad presenta algún trastorno o malestar de salud consiste en una valoración realizada por una/un médica/o u otra/o profesional
mental, con una prevalencia de trastornos asociados al sanitaria/o cualificada/o en los primeros momentos de detención de una
consumo problemático de drogas y, por ende, existe una persona, idealmente con la menor dilación posible, para posteriormente ser
derivada a un lugar de detención. En Chile, queda estipulado mediante el
alta necesidad de tratamiento en estos recintos, sin que Decreto exento 2534 del 2013, que aprueba convenio sobre protocolo inte-
exista un enfoque de salud mental integral, interdisci- rinstitucional de constatación de estado de salud de detenidos en el proceso
penal, entre Ministerio de Justicia junto al Ministerio Público, Poder Judicial,
plinaria y especializada para la población con la que se Defensoría Penal Pública, Carabineros de Chile, PDI y Gendarmería de Chile).
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