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Quinto Informe Anual
residentes, denegación de acceso a dependencias, Se trata de un oficio que se aprende, que exige pre-
procedimientos disciplinarios o de contención, si- paración y que demanda quizá uno de los elementos
tuaciones de descompensación en el curso de una más difíciles de traducir en protocolo, que es discernir
entrevista, entre muchas otras. La adecuada gestión cuándo estrechar el vínculo con la persona entrevistada
de estas situaciones depende de que el equipo haya y cuándo mantener distancia profesional, cuándo dar
acordado previamente los criterios de actuación frente espacio al relato y cuándo contener el riesgo, cuándo
a cada una de ellas y de que se conozca muy bien qué es necesario indagar y cuándo eso pone en riesgo a
facultades tiene el CPT para garantizar una recolección la persona. De ese equilibrio, siempre en tensión,
de información segura, objetiva, respetuosa y que depende que el monitoreo conserve su rigurosidad
no ponga en riesgo a residentes, funcionarias/os o al sin causar daño.
equipo de monitoreo.
El principio de no hacer daño es, precisamente, el fun-
Quien entrevista a una persona bajo cuidado o cus- damento de la atención especial que el Comité presta
todia del Estado lo hace siempre en un contexto de a las represalias que puede enfrentar una persona por
asimetría, que condiciona en gran medida lo que el solo hecho de haber conversado con alguna persona
se puede preguntar y de qué forma. Las personas se integrante del equipo. Se han registrado casos de fun-
encuentran en una situación de vulnerabilidad de la cionarias/os que amenazan verbalmente a residentes
que quien realice el monitoreo debe ser plenamente para disuadirlos de conversar con el CPT, así como
consciente. De ahí que el consentimiento libre e infor- declaraciones de personas bajo cuidado o custodia y de
mado no constituya un trámite previo a la entrevista, funcionarias/os de trato directo que manifiestan temor
sino la base que sostiene toda la interacción: explicar a consecuencias —cambios de función, traslados—
con claridad el mandato del CPT, el uso que se dará por haber entregado información al Comité. Frente
a la información entregada y los límites de lo que el a ello, el CPT no individualiza a ninguna persona en
Comité puede y no puede hacer frente a lo que se sus informes salvo consentimiento expreso, advierte
le comunique resulta absolutamente fundamental formalmente a las autoridades sobre la prohibición
para resguardar los principios éticos de la actuación. legal de ejercer represalias y procura contemplar
Ello incluye ser explícitos respecto de los alcances del instancias de seguimiento posterior o derivación a
mandato, para no generar expectativas que poste- instituciones de protección para verificar que estas
riormente no puedan cumplirse y para resguardar el no se hayan producido.
trabajo del personal.
El mismo principio exige resguardar también la se-
guridad del propio equipo de monitoreo. La mayoría
de los equipos del CPT han enfrentado, en algún
momento, situaciones de riesgo durante el monitoreo
Previo a la realización de una visita, —agresiones verbales, hostilidad de funcionarias/os
es necesario recopilar información o quedar temporalmente sin acompañamiento en
espacios de riesgo—. Esto, sumado a la observación
relacionada con el recinto y las sostenida de situaciones de maltrato y a la persistencia
personas residentes para detallar de estas situaciones en el tiempo, conlleva un desgaste
emocional para quienes integran los equipos. Por esta
los objetivos de la visita, identificar razón, las pausas durante la visita y las instancias de
disciplinas necesarias para cubrir triangulación posteriores al terreno cumplen también
una función de contención, además de su función téc-
el monitoreo y adaptar las pautas nica. Las orientaciones específicas para resguardar la
específicas para el levantamiento de seguridad del equipo, promover el cuidado profesional
y prevenir el desgaste acumulado se desarrollan en el
la información. Anexo 3 del presente informe.
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