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Quinto Informe Anual





               2.3   Instancias de coordinación                 Finalmente, la intervención de los juzgados de garantía
                    interinstitucional                          durante la audiencia de control de detención constituye
                                                                una salvaguardia fundamental para verificar el cum-
               Durante el monitoreo, el CPT constató que las jefaturas
               que habían establecido coordinaciones previas con los   plimiento de los estándares aplicables a la detención,
               Servicios de Salud para brindar atención prioritaria   conducción y custodia. Este control jurisdiccional permite
               a las personas detenidas en determinados recintos   examinar si los procedimientos y las actuaciones del
               asistenciales lograron reducir considerablemente los   personal policial se ajustan a la normativa vigente y
               tiempos de espera.                               declarar la ilegalidad de la detención cuando se consta-
                                                                tan infracciones o vulneraciones de derechos. De este
               Asimismo, cuando el personal sanitario realizaba una   modo, cuando la judicatura ejerce adecuadamente su
               evaluación exhaustiva del estado de salud, formulaba   función, constituye una garantía esencial del proceso
               las preguntas con claridad, utilizaba un lenguaje acce-  penal al controlar jurídicamente las actuaciones del
               sible y garantizaba la confidencialidad, las personas   personal encargado de hacer cumplir la ley.
               detenidas manifestaban sentirse más respetadas y
               mostraban una mayor disposición a colaborar durante   2.4   Condiciones del personal
               los procedimientos, lo que disminuía las respuestas
               defensivas u hostiles.                           Las condiciones laborales del personal policial inciden
                                                                directamente en la calidad de la custodia. La sobrecarga
               En línea con lo anterior, también se observó la impor-  de funciones, los turnos extensos, la falta de dotación y
               tancia del Ministerio Público en la determinación del   la escasez de espacios de descanso generan situaciones
               destino de la persona detenida. La decisión de enviarla   de estrés y desgaste que pueden aumentar el riesgo
               a una audiencia de control de detención o dejarla en   de respuestas reactivas, uso excesivo de la fuerza o
               libertad y citarla bajo apercibimiento tiene un impacto   trato inadecuado. Este hallazgo desplaza el análisis
               significativo en la gestión de los turnos de guardia.   desde la responsabilidad exclusivamente individual
               Cuando estas decisiones se adoptan con rapidez y   hacia la dimensión organizacional. En este ámbito,
               se comunican claramente, disminuye el tiempo de   la falta de apoyo institucional en materia de salud
               privación de libertad de quienes serán citados bajo   mental fue una preocupación recurrente expresada
               apercibimiento, se libera capacidad en los calabozos   por el personal durante las entrevistas.
               y se reducen la carga operativa y las responsabilidades
               del personal encargado de la custodia. Incluso cuando   En las unidades de Carabineros de Chile, el CPT observó
               la persona debe comparecer ante el tribunal, recibir   una especialización de los servicios de guardia y de pobla-
               información clara y comprensible sobre las etapas del   ción que permitía desarrollar competencias específicas
               procedimiento y sus posibles consecuencias puede   para cada función. También se identificaron avances
               contribuir a disminuir su ansiedad y la de sus familiares   en la preparación del personal de guardia en primeros
               durante las primeras horas de la privación de libertad.  auxilios y en el desarrollo de actividades de sensibiliza-
                                                                ción sobre la situación de las personas bajo custodia.
               Del mismo modo, las entrevistas a defensoras y de-
               fensores públicos y a personas detenidas permitieron   Sin perjuicio de estos avances, en numerosos estableci-
               identificar que el contacto temprano con una defensa   mientos se constató que el personal encargado de estas
               técnica constituye un factor de protección relevante.   funciones no siempre disponía del tiempo suficiente
               Cuando las personas se entrevistaron con su defensa   para descansar y compatibilizar su jornada laboral
               antes de la audiencia de control de detención, este   con la vida familiar. En algunos casos, se conocieron
               contacto fortaleció sus posibilidades de ejercer ade-  situaciones de personas que cumplían turnos diarios
               cuadamente su derecho a defensa. Además, tanto ellas   de 12 horas y jornadas consecutivas que las obligaban
               como sus familias valoraron esta instancia como un   a permanecer de servicio durante el fin de semana.
               elemento que contribuía a reducir la incertidumbre   En otros establecimientos se implementaron turnos
               y la ansiedad propias de los primeros momentos de   diarios de ocho horas o se organizaron los servicios
               la privación de libertad.                        para garantizar al menos un fin de semana libre al mes.


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