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Cuarto Informe Anual
Capítulo II: Ejes Temáticos
• En el corto plazo, se recomienda modificar la norma- dispuesto en el artículo 21 de la Resolución Exenta
tiva del REPAS para que toda decisión de ingreso o N° 2081/2023, en cuanto a que el informe técnico
revisión de permanencia contemple una evaluación penitenciario que ordena el traslado o ingreso al
de salud integral que determine la compatibilidad REPAS debe fundamentar individualmente los
física y mental con el régimen, considerando an- antecedentes que justifiquen la medida.
tecedentes médicos que puedan desaconsejar la • Se debe establecer el deber de informar y notificar
reclusión en confinamiento solitario. por escrito a la persona privada de libertad sobre
los motivos que justifican su ingreso a la unidad,
Al Poder Judicial detallando las características del régimen, el
• Se insta a juezas y jueces de garantía a fortalecer sistema de prórrogas y la duración estimada de
la fundamentación e individualización de las la permanencia. Esta notificación debe quedar
resoluciones que ordenan el ingreso o traslado a registrada en su carpeta individual.
secciones de máxima seguridad, especialmente • En cuanto a la decisión de cese o prórroga de per-
en el caso de personas imputadas. manencia, se sugiere que la Dirección Regional
• Se recomienda instruir a los equipos de actas de Metropolitana o la Subdirección Operativa, según
los Tribunales para que registren por escrito los corresponda, fundamente sus resoluciones con-
motivos que respaldan dichas decisiones. forme a criterios de necesidad, proporcionalidad,
legalidad y no discriminación. Si se trata de per-
• Toda orden judicial que disponga el ingreso a sonas imputadas, se debe informar previamente
un régimen especial debe estar precedida de un al tribunal competente, conforme al artículo 23 de
Informe Técnico Penitenciario, en cumplimiento la misma resolución.
de lo establecido en el artículo 21 de la Resolución
Exenta N° 2081/2023 de Gendarmería de Chile, • Se recomienda incorporar una oferta programática
que aprueba el Manual de Funcionamiento de la adecuada, según las necesidades de la población
Unidad Especial de Alta Seguridad. en régimen de máxima seguridad, que permita
mejorar el uso del tiempo, extender las horas de
• Previo a decidir el ingreso o la prórroga de perma- patio y favorecer el egreso progresivo hacia regíme-
nencia en este régimen, se recomienda escuchar nes comunes. Estas actividades deben incluir hitos
personalmente a la persona privada de libertad, que orienten la reinserción y tengan un horizonte
para considerar posibles efectos psicológicos y temporal definido.
eventuales condiciones de salud incompatibles
con la medida. En este análisis deben ponderarse • En el mediano plazo, se sugiere instruir al Depar-
antecedentes médicos y evaluarse alternativas tamento de Salud y al de Promoción y Protección
menos gravosas. de Derechos Humanos de Gendarmería para de-
sarrollar un protocolo de evaluación estructurada,
• Se recomienda que, al ordenar el ingreso en régimen dirigido al personal de salud, que contemple un
de máxima seguridad, el tribunal fije inmediata- plan de cuidados físico y mental individualizado.
mente una audiencia de revisión de la medida en un Este instrumento debería incorporarse al plan de
plazo no superior a 60 días, con el fin de controlar intervención individual.
su excepcionalidad respecto de imputados y, en el
caso de personas condenadas, en ejercicio de su • Finalmente, se insta a revisar y adecuar las res-
función como jueza o juez de ejecución. tricciones que impiden el contacto regular y sig-
nificativo con familiares y personas cercanas, en
particular en el caso de personas de nacionalidad
A la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile extranjera, considerando su situación migratoria
• En el corto plazo, se recomienda instruir a las auto- y el impacto del aislamiento prolongado en los
ridades penitenciarias a cumplir estrictamente lo vínculos afectivos.
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