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Cuarto Informe Anual
                                                    Capítulo II: Ejes Temáticos



               •  En el corto plazo, se recomienda modificar la norma-  dispuesto en el artículo 21 de la Resolución Exenta
                 tiva del REPAS para que toda decisión de ingreso o   N° 2081/2023, en cuanto a que el informe técnico
                 revisión de permanencia contemple una evaluación   penitenciario que ordena el traslado o ingreso al
                 de salud integral que determine la compatibilidad   REPAS debe fundamentar individualmente los
                 física y mental con el régimen, considerando an-  antecedentes que justifiquen la medida.
                 tecedentes médicos que puedan desaconsejar la   •  Se debe establecer el deber de informar y notificar
                 reclusión en confinamiento solitario.             por escrito a la persona privada de libertad sobre

                                                                   los motivos que justifican su ingreso a la unidad,
               Al Poder Judicial                                   detallando las características del régimen, el

               •  Se insta a juezas y jueces de garantía a fortalecer   sistema de prórrogas y la duración estimada de
                 la fundamentación e individualización de las      la permanencia. Esta notificación debe quedar
                 resoluciones que ordenan el ingreso o traslado a   registrada en su carpeta individual.
                 secciones de máxima seguridad, especialmente   •  En cuanto a la decisión de cese o prórroga de per-
                 en el caso de personas imputadas.                 manencia, se sugiere que la Dirección Regional
               •  Se recomienda instruir a los equipos de actas de   Metropolitana o la Subdirección Operativa, según
                 los Tribunales para que registren por escrito los   corresponda, fundamente sus resoluciones con-
                 motivos que respaldan dichas decisiones.          forme a criterios de necesidad, proporcionalidad,
                                                                   legalidad y no discriminación. Si se trata de per-
               •  Toda orden judicial que disponga el ingreso a    sonas imputadas, se debe informar previamente
                 un régimen especial debe estar precedida de un    al tribunal competente, conforme al artículo 23 de
                 Informe Técnico Penitenciario, en cumplimiento    la misma resolución.
                 de lo establecido en el artículo 21 de la Resolución
                 Exenta N° 2081/2023 de Gendarmería de Chile,   •  Se recomienda incorporar una oferta programática
                 que aprueba el Manual de Funcionamiento de la     adecuada, según las necesidades de la población
                 Unidad Especial de Alta Seguridad.                en régimen de máxima seguridad, que permita
                                                                   mejorar el uso del tiempo, extender las horas de
               •  Previo a decidir el ingreso o la prórroga de perma-  patio y favorecer el egreso progresivo hacia regíme-
                 nencia en este régimen, se recomienda escuchar    nes comunes. Estas actividades deben incluir hitos
                 personalmente a la persona privada de libertad,   que orienten la reinserción y tengan un horizonte
                 para considerar posibles efectos psicológicos y   temporal definido.
                 eventuales condiciones de salud incompatibles
                 con la medida. En este análisis deben ponderarse   •  En el mediano plazo, se sugiere instruir al Depar-
                 antecedentes médicos y evaluarse alternativas     tamento de Salud y al de Promoción y Protección
                 menos gravosas.                                   de Derechos Humanos de Gendarmería para de-
                                                                   sarrollar un protocolo de evaluación estructurada,
               •  Se recomienda que, al ordenar el ingreso en régimen   dirigido al personal de salud, que contemple un
                 de máxima seguridad, el tribunal fije inmediata-  plan de cuidados físico y mental individualizado.
                 mente una audiencia de revisión de la medida en un   Este instrumento debería incorporarse al plan de
                 plazo no superior a 60 días, con el fin de controlar   intervención individual.
                 su excepcionalidad respecto de imputados y, en el
                 caso de personas condenadas, en ejercicio de su   •  Finalmente, se insta a revisar y adecuar las res-
                 función como jueza o juez de ejecución.           tricciones que impiden el contacto regular y sig-
                                                                   nificativo con familiares y personas cercanas, en
                                                                   particular en el caso de personas de nacionalidad
               A la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile     extranjera, considerando su situación migratoria

               •  En el corto plazo, se recomienda instruir a las auto-  y el impacto del aislamiento prolongado en los
                 ridades penitenciarias a cumplir estrictamente lo   vínculos afectivos.


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