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Cuarto Informe Anual
Capítulo II: Ejes Temáticos
recluidas, incluyendo ansiedad, depresión, ideación La legítima preocupación por el crimen organizado
suicida, trastornos del sueño, y alteraciones cardio- y los delitos violentos no puede justificar la norma-
vasculares e inmunológicas. A esto se suma que los lización de condiciones de reclusión que vulneran la
informes técnicos disponibles son insuficientes, los dignidad y los derechos fundamentales de las personas
tiempos de permanencia en aislamiento son indefini- privadas de libertad. Por ello, es urgente reafirmar el
dos en la práctica, y el contacto social es prácticamente carácter excepcional del aislamiento, restringir su uso
inexistente, generando un entorno que podría ser y garantizar que este se aplique bajo estrictos criterios
equiparado a tortura psicológica. de necesidad, proporcionalidad y supervisión.
La ausencia de controles médicos específicos y pe- En esta línea, las recomendaciones del Comité para la
riódicos, enfocados en detectar los efectos del régi- Prevención de la Tortura (CPT) apuntan a la implemen-
men, refuerza la deshumanización de las personas tación de salvaguardas mínimas que, actualmente, no
sometidas a estas condiciones. Esta falta de atención están garantizadas en el uso del aislamiento prolon-
sanitaria especializada y preventiva constituye un gado en régimen de máxima seguridad en Chile (Ver
incumplimiento de obligaciones básicas del Estado Capítulo I - Recomendaciones sobre aislamiento en
en contextos de privación de libertad. máxima seguridad).
Recomendaciones
Al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos adolescentes, mujeres embarazadas o lactantes,
personas con enfermedades mentales preexistentes
• Se insta a que el uso del aislamiento sea estrictamente
necesario, proporcional y limitado temporalmente, y personas con discapacidad, en concordancia con
debiendo estar debidamente justificado y explici- las Reglas de La Habana, la Convención sobre los
tado en los informes de los Consejos Técnicos. Esta Derechos del Niño y las Reglas de Bangkok
medida debe aplicarse a toda persona separada del • Se sugiere integrar estas disposiciones al proceso
resto de la población penal por más de 15 días, con actual de modificación del Reglamento de Esta-
encierros de al menos 22 horas diarias o condicio- blecimientos Penitenciarios (REP) y en las resolu-
nes similares, y con contacto humano significativo ciones institucionales aplicables a las Secciones y
reducido (estar 21 horas encerrado no representa Unidades de Alta y Máxima Seguridad, incluyendo
una diferencia sustancial). mecanismos de registro y supervisión efectivos.
• Dada la severidad del régimen, se recomienda legislar • En el mediano plazo, se insta a diseñar un modelo
expresamente sobre el aislamiento, incorporando de gestión para unidades de Alta y Máxima Seguri-
contenidos normativos que regulen su uso y limiten dad que se ajuste a los estándares internacionales
su duración conforme a estándares internacionales de derechos humanos, y que contemple criterios
de derechos humanos. Esto debe reflejarse en el claros de ingreso, egreso, permanencia, actividades
proyecto de ley de ejecución de penas, así como en la disponibles, planes de reintegración, perfil del
modificación de la normativa reglamentaria vigente. personal a cargo y su formación especializada y
Se debe excluir de manera expresa su aplicación a continua.
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