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Tercer Informe Anual
Capítulo 1: Principales Hallazgos
Seguridad, orden y disciplina 29. Es de suma importancia que se establezcan crite-
rios transparentes y observables para la definición
26. Presentar una propuesta de modificación reglamentaria
que estipule que las personas sometidas al aislamiento de los ingresos de internos e internas a módulos o
por motivos distintos al de una sanción - como es el celdas de máxima seguridad. No se encontraron
caso de personas hospitalizadas en el ASA o confina- definiciones precisas respecto a características que
das por razones de segmentación agotada - no estén justifican el ingreso y permanencia en estos módulos,
obligadas a cumplir un régimen que implique inco- particularmente las que refieren a “Alta Contami-
municación con el exterior, suspensión de visitas, no nación Criminológica”, “Refractario y Conflictivo” y a
participación de actividades ni disminución de horas “Indicaciones Especiales”.
en el acceso al aire libre. Los períodos de aislamiento 30. Se constata la existencia de amplios espacios de
por cuestiones administrativas o por protección no discrecionalidad, mínimos requisitos y escaso control
debieran implicar restricciones al régimen de vida interno de los procesos sancionatorios de personas
al interior del establecimiento. privadas de libertad, lo cual lleva muchas veces a la
vulneración de derechos fundamentales. Es impera-
27. Llevar un control más estricto del aislamiento en
todas sus formas y motivos, es decir, de cualquier tivo fortalecer el debido proceso para la imposición e
persona que se encuentre en un régimen de encierro idoneidad de las medidas sancionatorias, lo que debe
más restrictivo que el resto de la población penal considerar la declaración del infractor, de testigos y
en términos de horas de desencierro, contacto con afectados si los hubiere, notificando personalmente
el mundo exterior y acceso a actividades, llevando la medida impuesta y sus fundamentos.
un completo registro de la fecha de ingreso y del 31. Diseñar un programa progresivo de mantención per-
motivo de permanencia, con supervisión desde las manente de la infraestructura destinada a módulos
autoridades locales y de las Direcciones Regionales transitorios y a la aplicación de medidas sanciona-
de Gendarmería a lo menos en cuanto a respetar el torias, para luego comenzar con las reparaciones y
máximo de días en esa situación, la visita periódica habilitaciones de los espacios según nivel de prioridad
de la jefatura de establecimiento y el reporte de determinados por la institución a nivel nacional.
personal de salud. Estos registros deben estar dis- 32. Diseñar un plan de control del debido proceso y ga-
ponibles desde el nivel central de la institución.
rantizar la cadena de custodia en las incautaciones
28. Se insta a procurar que la propuesta de normativa de drogas y elementos prohibidos al interior de las
interna presentada por la Subdirección Operativa de unidades penitenciarias, esto según lo establecido
la institución que regula las condiciones del régimen en la normativa de Gendarmería de Chile sobre
de máxima seguridad a nivel nacional, se ajuste a Procedimientos Penitenciarios (2019) y la Res. Ext.
estándares internacionales de derechos humanos 9679, a fin de asegurar el correcto registro y seguro
ya ratificados por el Estado de Chile, especialmente resguardo de los elementos incautados y así procurar
respecto a causales de ingreso y egreso, finalidad de que no sean utilizados como medios de extorsión o
la reclusión bajo tal régimen, y régimen de encierro - castigo de la población penal.
específicamente actividades de reinserción, contacto 33. Incorporar el uso de cámaras GoPro en todos los pro-
con el mundo exterior y horas de patio -.
cedimientos y de parte de todos los funcionarios que
integran los grupos especiales - no solo de quiénes
dirigen los procedimientos -, asegurando el respaldo
y la cadena de custodia de imágenes.
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