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Quinto Informe Anual
Principales propuestas iniciales del Ministerio Principales acuerdos
Ámbito
de Justicia y Derechos Humanos al REP alcanzados en la consulta
(A) Sistemas médicos tradicionales: Se consagra
el derecho al acceso a sistemas médicos
tradicionales y servicios de salud intercultural, (A) La administración penitenciaria deberá
lo que incluye la salida de personas para acceder entregar agua potable a toda la población
a tratamientos preventivos o curativos propios cuando sea necesaria; y,
Salud de su cultura que se estimen indispensables
Intercultural (Arts. 34 y 35 de la propuesta del REP); y, (B) La promoción de convenios con
y Educación instituciones de educación para el
(B) Educación pertinente: Se establece que la incentivo de que la población penitenciaria
administración penitenciaria deberá realizar pueda realizar estudios técnicos o
las gestiones necesarias para ofrecer educación profesionales.
con pertinencia cultural (Art. 59 de
la Propuesta del REP).
(A) Programas adaptados: Las actividades
de reinserción social deberán diseñarse
considerando las características culturales
de la población indígena (Art. 93 de la
propuesta del REP);
(B) Participación en Consejos Técnicos: Se abre (A) Cuando se discutan materias referentes
la posibilidad de invitar tanto a autoridades a personas indígenas el consejo técnico
tradicionales, de las comunidades indígenas deberá invitar a personas que puedan
como también a personas con experticia a las ilustrar las materias que se discutirán.
Reinserción sesiones del Consejo Técnico, con el fin de que Así, la invitación que tenga que hacer
social y acceso puedan ilustrar y orientar las decisiones de este el Consejo Técnico será obligatoria y no
a beneficios órgano (Art. 118 de la Propuesta del REP); y, facultativa; y,
(C) Exención de requisitos discriminatorios: (B) Habrá consideración especial a los
Para evitar que la falta de oferta del Estado informes antropológicos, en el evento
perjudique a las personas indígenas, se estipula que sean aportados, para la evaluación de
que la inasistencia a la escuela no será considerada ingreso a Centro de Formación y Trabajo.
de manera negativa ni como un impedimento para
postular a permisos de salida (Arts. 98 y 110 de la
propuesta de REP) o para ser seleccionado en un
Centro de Educación y Trabajo, en aquellos lugares
donde no exista una oferta educativa intercultural.
Al momento de determinar la concurrencia Se acordó específicamente que la
Régimen de una falta y aplicar una sanción, las jefaturas sanción de limitación de participación
disciplinario deberán ponderar las características culturales en actividades recreativas (hasta por 15
y sanciones de los pueblos indígenas (Arts. 76 y 82 de la días) no impedirá que la persona indígena
propuesta de REP). sancionada participe en sus ceremonias o
actividades culturales propias.
Elaboración propia a partir del Informe de sistematización: Consulta indígena para la adecuación del Reglamento de establecimientos
penitenciarios (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos & Gendarmería de Chile, 2025).
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