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Cuarto Informe Anual
Capítulo II: Ejes Temáticos
El artículo 10 del proyecto modificado contiene una presentación de denuncias por parte de la población
disposición especialmente perturbadora: autoriza afectada" (Relatores Especiales ONU, 2025). El proyecto
expresamente el uso de "fuerza potencialmente actual carece de estos elementos fundamentales.
letal" para "impedir daños graves e inminentes a la
infraestructura crítica", sin requerir que exista riesgo
para vidas humanas. Esta norma viola frontalmente Implicaciones para la prevención de la tortura
uno de los principios más elementales del derecho Las deficiencias identificadas tienen implicaciones
internacional: la fuerza letal solo puede usarse cuando directas para la prevención de la tortura en Chile. El
es "estrictamente inevitable para proteger una vida", marco normativo débil, combinado con la ampliación
según establece categóricamente el Principio 9 de los de excepciones para el uso de fuerza contra personas
Principios Básicos de la ONU (ONU, 1990). Como señaló detenidas y la falta de criterios específicos para arma-
explícitamente el Relator Especial sobre ejecuciones mento menos letal, crea condiciones propicias para
extrajudiciales, "la protección de bienes materiales, la normalización de prácticas que pueden constituir
por importantes que sean, no puede justificar el uso tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
de fuerza leta" (Relatores Especiales ONU, 2025).
Como estableció el Relator Especial sobre la tortura,
El proyecto modificado tampoco incorpora los criterios el uso inadecuado de armas menos letales puede
específicos establecidos en las Orientaciones de la provocar "torturas, lesiones graves e incluso muertes",
ONU sobre armas menos letales (2020), que exigen especialmente cuando se emplean con fines punitivos
evaluación técnica independiente, validación médica o en contextos donde las personas se encuentran bajo
previa y protocolos detallados de uso. Esta omisión es control estatal (ONU, 2017). La experiencia chilena du-
particularmente grave considerando que, como desta- rante 2019 ilustra cómo la falta de regulación adecuada
caron los relatores especiales, "las armas menos letales puede resultar en violaciones masivas de derechos
pueden ser letales y causar lesiones graves", especial- humanos, con efectos traumáticos duraderos para
mente cuando contienen proyectiles múltiples que "son las víctimas y erosión de la confianza ciudadana en
imprecisos, alcanzan objetivos de manera indiscriminada las instituciones.
y arbitraria" (Relatores Especiales ONU, 2025).
El fortalecimiento del marco normativo sobre uso de
La evidencia chilena es contundente: durante el estalli- la fuerza constituye, por tanto, un elemento esencial
do social de 2019, el uso de municiones de proyectiles del sistema nacional de prevención de la tortura.
múltiples por parte de Carabineros resultó en lesiones Como señala el Protocolo Facultativo contra la Tor-
oculares masivas. Sin criterios específicos para la selección tura, la prevención requiere un enfoque integral que
y uso de armamento menos letal, se perpetúa el riesgo de incluya marcos legales claros, mecanismos efectivos
que estos dispositivos se conviertan en instrumentos de de supervisión y capacitación adecuada del personal
tortura, especialmente cuando se emplean en espacios encargado de hacer cumplir la ley (ONU, 2002). Las
cerrados o contra poblaciones vulnerables. deficiencias actuales del proyecto que regula el uso de
Una deficiencia transversal del proyecto es la ausencia la fuerza comprometen cada uno de estos elementos,
de mecanismos robustos de supervisión y rendición debilitando significativamente la capacidad del Estado
de cuentas. El texto ofrece únicamente informes se- chileno para cumplir sus obligaciones internacionales
mestrales burocráticos, sin facultades investigativas de prevención de la tortura.
independientes, sin supervisión civil autónoma y sin Estas deficiencias evidenciadas tanto en la normativa
consecuencias directas para los incumplimientos. Los vigente como en el proyecto que regula el uso de la
relatores especiales enfatizaron que, para una super- fuerza se traducen en consecuencias prácticas concretas
visión efectiva, se requiere un sistema que incluya que limitan indebidamente el derecho de reunión y
"mecanismos internos de control", "un órgano externo aumentan significativamente los riesgos de abusos
de supervisión con facultades para investigar de ma- policiales en manifestaciones, como se analizará en
nera independiente" y "mecanismos accesibles para la la siguiente sección.
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