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Cuarto Informe Anual
                                                    Capítulo II: Ejes Temáticos



               Por otro lado, se sabe que los altos niveles de cortisol   3.  Marco legal de Chile
               generados por la victimización reiterada afectan el rendi-  respecto a la infancia y
               miento académico, ya que dificultan la concentración en
               tareas cotidianas (Van Der Kolk, 2023). En este contexto,   atención prioritaria
               el derecho a la salud y a la educación se presentan como
               imperativos para esta población, no sólo por las barre-
               ras que enfrentan para acceder a estos servicios, sino   Hoy en día, nuestro país cuenta con un marco legal y
               también porque, producto de la propia victimización,   normativo destinado a la protección de los derechos
               se encuentran en una situación de mayor necesidad.  de las niñas, niños y adolescentes. La Constitución
                                                                Política de la República de Chile (2018), junto con
               La realidad que viven las niñas, niños y adolescentes   establecer en su artículo primero que "la familia es
               bajo tutela del Estado permanece en gran medida   el núcleo fundamental de la sociedad", señala que el
               invisible para la sociedad. La falta de respuesta a sus   Estado está al servicio de la persona humana y que su
               necesidades, así como la vulneración de sus derechos   finalidad es promover el bien común. Para ello, debe
               "ya sea por acción u omisión" por parte de funcionarios   contribuir a crear las condiciones sociales que permitan
               públicos, constituye una problemática que no ha logrado   a todas y cada una de las personas integrantes de la
               ser superada. Una de las principales complejidades de   comunidad nacional su mayor realización espiritual
               este fenómeno es la imposibilidad de estos menores   y material posible, con pleno respeto a los derechos y
               de edad de contar con adultos cuidadores, ya sean   garantías que dicha Constitución establece.
               familiares o pertenecientes a su entorno social cercano,
               que puedan brindarles una atención adecuada.     Estas definiciones constituyen los pilares fundamen-
                                                                tales sobre los cuales se sostienen los lineamientos
               Frente a esta realidad, y bajo la "consigna de protec-  relativos a la protección integral de las niñas, niños y
               ción", es el propio Estado quien, en muchos casos, los   adolescentes, el reconocimiento de sus derechos y la
               vuelve a vulnerar. Sin embargo, es también el Estado   garantía de su bienestar.
               quien tiene la responsabilidad y la oportunidad de
               poner fin a estas vulneraciones mediante la imple-  Así, en su artículo 19, numeral 1, la Constitución esta-
               mentación de políticas públicas efectivas y eficaces   blece de forma explícita que todas las niñas, niños y
               que garanticen una protección adecuada y el pleno   adolescentes tienen derecho a ser protegidos y a recibir
               ejercicio de sus derechos.                       una educación y crianza adecuadas. Consideraciones
                                                                similares orientadas a la protección de la infancia se
                                                                encuentran en otros textos jurídicos, como el Código
                                                                Civil (arts. 222, 226, 230, 232, entre otros) y el Código
               La realidad que viven las niñas,                 Penal (arts. 21, 345, 366, 439, 495, entre otros).

               niños y adolescentes bajo tutela del             Estas definiciones, aunque bien intencionadas, cons-
                                                                tituyen declaraciones de principios y prioridades que
               Estado permanece en gran medida                  determinan un marco de exigibilidad respecto de la
               invisible para la sociedad. La falta de          coherencia del actuar del Estado y su deber de cumplir
                                                                lo que declara como esencial. En este sentido, el Estado
               respuesta a sus necesidades, así como            no puede proclamar una especial preocupación por

               la vulneración de sus derechos "ya               la infancia mientras, por acción u omisión, incurre en
               sea por acción u omisión" por parte              incumplimientos respecto de aquello que reconoce
                                                                como basal y fundamental.
               de funcionarios públicos, constituye             En este contexto, en tiempos recientes han surgido
               una problemática que no ha logrado               distintos cuerpos normativos orientados a resguardar
                                                                los derechos de la infancia y garantizar su correcto
               ser superada.                                    ejercicio. Entre ellos, cobra especial protagonismo



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