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Quinto Informe Anual
16. Se insta a generar un mecanismo de supervisión Ministerio de Seguridad Pública
institucional respecto a la aplicación adecuada
del protocolo, así como también de los procesos Niñas, niños y adolescentes
de entrenamiento u otras instancias formativas
que se estimen pertinentes. [Fuente: Informe de Niñas, niños y adolescentes migrantes
Visita a la Residencia Familiar para Adolescentes 17. Establecer jornadas de sensibilización periódicas
Alonso Sánchez, Región de Arica y Parinacota] para el personal que se desempeñe en unidades
fronterizas, referentes a los derechos de niñas,
niños y adolescentes en contextos de movilidad
humana vulnerada y/o no acompañada, con
especial énfasis en la protección reforzada de
este grupo. [Fuente: Informe de Visita a la Residencia
Familiar para Adolescentes Alonso Sánchez, Región de
Arica y Parinacota]
18. Establecer la instrucción general de operacio-
nalizar institucionalmente el “Protocolo para
la protección de niñas, niños y adolescentes no
acompañados y separados en el contexto de la
migración y/o en necesidad de protección inter-
nacional”, entregando directrices específicas al
personal sobre cómo proceder en dichos casos.
[Fuente: Informe de Visita a la Residencia Familiar
para Adolescentes Alonso Sánchez, Región de Arica y
Parinacota]
19. Establecer un plan de entrenamiento al personal
que cumple funciones en frontera que integre los
contenidos del “Protocolo para la protección de
niñas, niños y adolescentes no acompañados y
separados en el contexto de la migración y/o en
necesidad de protección internacional”, priori-
zando especialmente la asistencia de quienes
deben interactuar con niñas, niños y adolescentes.
[Fuente: Informe de Visita a la Residencia Familiar
para Adolescentes Alonso Sánchez, Región de Arica y
Parinacota]
20. Generar material informativo didáctico destinado
a niñas, niños y adolescentes que se encuentren
bajo movilidad humana, usando un lenguaje
claro y ajustándolo según su desarrollo evolutivo,
indicando: i. los procedimientos que se realizarán
con su persona; ii. las implicancias que estos
procedimientos pudieran tener en su persona; iii.
sus derechos y deberes. [Fuente: Informe de Visita
a la Residencia Familiar para Adolescentes Alonso
Sánchez, Región de Arica y Parinacota]
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