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Quinto Informe Anual
Por otra parte, se constató que la oferta de programas La interseccionalidad en el sistema penitenciario
orientados a la reinserción social continúa siendo limi- femenino y grupos de especial protección
tada y, en términos generales, carece de un enfoque de En el contexto carcelario, la vulnerabilidad no es ho-
género. En aquellos establecimientos penitenciarios mogénea. Para ciertos grupos de mujeres, la privación
con población mixta, se observaron dificultades para de libertad interactúa de manera compleja con otros
que las mujeres accedan, en igualdad de condicio- factores, como la edad, la situación migratoria, la iden-
nes, a los programas y actividades disponibles, tanto tidad de género, la orientación sexual, la discapacidad,
por la menor disponibilidad de cupos como por una el embarazo o la maternidad, entre otros. La confluen-
oferta insuficientemente adaptada a sus necesidades. cia de estos factores incrementa los riesgos de sufrir
Además, se observó que la oferta programática con- malos tratos y discriminación, y genera desigualdades
tinúa concentrándose principalmente en actividades en el ejercicio y goce de sus derechos fundamentales.
tradicionalmente asociadas a roles de género, lo que El monitoreo del CPT reveló que es precisamente en
contribuye a reproducir estereotipos y puede, eventual- estas intersecciones donde el impacto de la privación
mente, restringir las posibilidades de inserción laboral. de libertad se manifiesta con mayor intensidad.
Asimismo, se identificó una escasa disponibilidad de
actividades recreativas, deportivas y de uso del tiempo Mujeres migrantes y pertenecientes
libre dirigidas a mujeres sujetas a prisión preventiva, a pueblos indígenas en recintos penitenciarios
pese a que este grupo representa una proporción signi- Las mujeres migrantes y pertenecientes a pueblos indí-
ficativa de la población femenina privada de libertad. genas enfrentan barreras que profundizan situaciones de
Del mismo modo, se advirtió que la estructura con- exclusión preexistentes y configuran formas específicas
tractual de los establecimientos penitenciarios conce- de discriminación estructural en el sistema penitenciario.
sionados no contempla programas diferenciados para Respecto de las mujeres migrantes se identifican
mujeres ni mecanismos especializados de derivación dificultades significativas para acceder a beneficios
y atención, lo que evidencia la persistencia de un di- intrapenitenciarios y a procesos de intervención,
seño institucional que no incorpora suficientemente asociadas principalmente a la exigencia de apoyo o
las necesidades específicas de esta población. Esta red en el país como requisito habilitante . Este crite-
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situación da cuenta de brechas en la incorporación rio opera, en la práctica, como un factor de exclusión
de un enfoque de género en la gestión penitenciaria, estructural, al no considerar las trayectorias migra-
lo que dificulta el cumplimiento de los estándares torias ni las condiciones de vínculo familiar de estas
internacionales de derechos humanos aplicables a mujeres. Asimismo, se constatan restricciones para
las mujeres privadas de libertad. mantener contacto telefónico gratuito con familiares
en el extranjero, lo que incrementa el aislamiento, el
desarraigo y la afectación de su bienestar psicosocial.
En los recintos penitenciarios de Iquique y Alto Hospicio,
La mayoría de los recintos que el CPT recibió relatos según los cuales muchas mujeres
albergan mujeres privadas de libertad no mantienen comunicación telefónica frecuente con
no fueron diseñados para ello, lo que sus familias debido a que carecen de dinero y a los altos
costos de las llamadas internacionales. A ello se suma
se traduce en deficiencias sanitarias la imposibilidad de recibir visitas cuando las redes de
relevantes, falta de ventilación, apoyo de las mujeres migrantes se encuentran en situa-
ción migratoria irregular, lo que les impide enrolarse
ausencia de espacios que resguarden
la privacidad y exposición constante a 41 El Art. 110 del REP establece como uno de los requisitos para conceder
beneficios intrapenitenciarios “d) Tener la posibilidad cierta de contar con
condiciones climáticas adversas. medios o recursos de apoyo o asistencia, sean familiares, penitenciarios o
de las redes sociales”.
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