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Quinto Informe Anual





               El Comité ha identificado dificultades en la provisión   capacidades institucionales de prevención, protección
               de dietas adecuadas a requerimientos nutricionales   y respuesta frente a vulneraciones de derechos  de las
               específicos. Se han observado casos en los que personas   personas privadas de libertad.
               privadas de libertad con indicaciones médicas, enfer-  Tortura y malos tratos
               medades crónicas u otras necesidades alimentarias
               particulares no reciben la alimentación requerida.  Una de las prácticas identificadas de forma sostenida
                                                                es el denominado “pago al contado”, consistente en la
               El Comité ha observado, además, la existencia de ex-  aplicación de golpes o la exigencia de ejercicio físico
               tensos períodos de ayuno entre la última comida del   a cambio de evitar la activación del procedimiento
               día y la primera del día siguiente, debido a los hora-  disciplinario establecido. Esta práctica persiste en la
               rios de distribución de los alimentos al interior de los   cultura penitenciaria chilena.
               establecimientos penitenciarios. Esta práctica resulta
               incompatible con una alimentación adecuada y puede   Además del “pago al contado”, el monitoreo ha
               afectar especialmente a las personas con enfermedades   identificado otras formas de violencia institucio-
               crónicas, necesidades nutricionales específicas o que   nal, entre las que se encuentran las amenazas; la
               reciben tratamientos médicos, comprometiendo su   exposición de personas recluidas a agresiones por
               estado de salud y bienestar.                     parte de otras personas privadas de libertad; las
                                                                amenazas de impedir las visitas ante situaciones
               A ello se agregan deficiencias en la cadena de distri-  de desobediencia o desorden; la práctica de “cargar”
               bución interna de los alimentos. Se han observado   armas cortopunzantes a personas privadas de libertad
               retrasos en su entrega, raciones que llegan frías a los   como forma de imputación informal de faltas; y el
               módulos y condiciones de traslado que no siempre   uso desproporcionado o no ajustado a los principios
               garantizan estándares adecuados de higiene e ino-  de necesidad y proporcionalidad de medios disuasi-
               cuidad. Estas situaciones deterioran la calidad efectiva   vos, incluidos los golpes directos y la utilización de
               de la alimentación proporcionada y contribuyen a una   bastones institucionales, que en algunas ocasiones
               percepción de trato indigno por parte de las personas
               privadas de libertad. Además, constituyen un factor   han provocado lesiones de consideración.
               recurrente de tensión y conflictividad al interior de los   En este contexto, también se han observado espacios
               establecimientos penitenciarios.                 de arbitrariedad en la aplicación de medidas disci-
                                                                plinarias. La suspensión prolongada de visitas fue
               Considerando que la alimentación constituye una
               prestación cuya provisión depende íntegramente del   identificada como una de las sanciones de facto más
                                                                utilizadas. Asimismo, en gran parte de las unidades
               Estado durante la privación de libertad, las deficiencias
               observadas en la provisión, distribución y calidad de   penales visitadas, el CPT ha recibido relatos en los
               los alimentos adquieren especial relevancia desde un   que las personas privadas de libertad advierten que
               enfoque preventivo, en tanto pueden incrementar los   el traslado de módulo o de unidad penal opera, en
               riesgos para la salud, la dignidad y las condiciones de   algunos casos, como una sanción encubierta. Esto
               vida de las personas privadas de libertad.       ocurriría ante reclamos, denuncias o conductas
                                                                percibidas como desafiantes por la administración,
                                                                a veces con violencia física y sin previo aviso. Algu-
               3.2   Trato, violencia institucional             nas funcionarias y algunos funcionarios reconocen
                    y mecanismos de denuncia                    explícitamente que lo utilizan como mecanismo de

               La dimensión de trato y violencia institucional constituye   gestión de la conducta. Las personas privadas de
               uno de los ejes centrales del monitoreo preventivo del   libertad señalan que la sola amenaza de traslado
               CPT en recintos penitenciarios del país. Esta dimen-  inhibe la presentación de quejas, ya que puede impli-
               sión busca identificar factores de riesgo que puedan   car desarraigo, pérdida de contacto familiar, pérdida
               favorecer la ocurrencia de tortura y otros tratos o penas   de la conducta acumulada y exposición a violencia
               crueles, inhumanos o degradantes, así como evaluar las   en el nuevo destino. Existen recintos penitenciarios


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