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Tercer Informe Anual
Capítulo 1: Principales Hallazgos
Contacto con el exterior Medidas de Protección
3. Se insta a apoyar el trabajo de las residencias en 7. Se insta a diseñar mecanismos eficientes y expeditos
materia de: para las solicitudes, quejas y denuncias de las/os
niñas/os y adolescentes en las residencias y de sus
• Diseño y ejecución de los planes de intervención
individual, siendo estos adecuados a cada niña/os o familias, en ajuste al ciclo vital, y garantizando el
adolescente según sus necesidades y características, anonimato y confidencialidad, de manera de evitar
incorporando la participación de estas/os. que los requerimientos sean filtrados o matizados
por las/os propias/os funcionarias/os o la dirección
• Diseño y ejecución de los planes de intervención de la residencia.
individual, con relación al contacto con la comu-
nidad en los ámbitos de educación y recreación, Trato
atendiendo la necesidad de reforzar los lazos 8. En el marco de la Resolución N.º 155 de Mejor Niñez,
comunitarios de las residencias y sus usuarios, se insta a aumentar la fiscalización de denuncias
permitiendo además con ello reforzar su sentido e investigaciones por vulneración de derechos de
de pertenencia y cohesión social. niñas/os y adolescentes de las residencias, a fin
• Diseño y ejecución de los procesos de vincula- de asegurar la toma de los resguardos necesarios
ción familiar y facilitación de visitas, tanto con durante cada proceso y el debido seguimiento hasta
las principales figuras familiares, como con otras su resolución.
significativas. Gestión de personal
Condiciones residenciales 9. Se insta a generar capacitaciones de forma continua,
4. Se insta a fiscalizar el acceso efectivo y libre, aun en materias relativas a:
cuando sea regulado, de niñas/os y adolescentes a • Uso de medidas de contención con enfoque de
las diferentes dependencias del recinto, tales como derechos, con el fin de actualizar las prácticas
los dormitorios, patio y otros espacios comunes. empleadas en la residencia, a fin de resguardar y
Salud física y mental garantizar el bienestar integral de los/as jóvenes.
Estas medidas de control debieran contemplar
5. Se sugiere la inclusión efectiva de la educación sexual contenciones progresivas desde las psicológicas
integral, en todos los planes de intervención asociados y ambientales, hasta las farmacológicas y físicas,
a niñas/os y adolescentes de las residencias, para
promover el desarrollo de una vida sexual plena e cuando se requieran.
integral, aspecto que, además, opera como factor • Primeros auxilios físicos y psicológicos.
protector ante situaciones de violencia sexual. • Administración de medicamentos.
6. Se insta a garantizar el acceso de niñas y adolescentes • Enfoque intercultural, migración y protección a la
a la información y prestaciones de la Ley 21.030 que infancia.
regula la despenalización de la interrupción voluntaria
del embarazo en tres causales. • Mecanismos de participación efectiva de niñas/os
y adolescentes bajo cuidado y custodia del Estado,
con enfoque diferenciado según ciclo vital.
10. Se insta a diseñar una política de cuidado de equipo,
estructural y permanente, con participación de todos
los estamentos, a fin de mejorar las condiciones la-
borales y disminuir el desgaste asociado al ejercicio
de funciones en este ámbito.
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