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Tercer Informe Anual
                                          Capítulo 2: Seguimiento de Recomendaciones y Avances




               En el ámbito proteccional, a pesar de los cambios estruc-  Un aspecto aún a fortalecer en los
               turales y legales propuestos en el sistema proteccional,   nuevos modelos residenciales dice
               hoy en día se observan falencias en su implementación,
               en la reconversión, en la desinstitucionalización, y en el   relación con el trabajo relativo
               cambio en sus operadores desde la cultura tutelar a la   a la intervención terapéutica
               de derechos. Todo ello repercute en el trato diario con
               los niños, niñas y adolescentes, posibilitando conductas  familiar para la reunificación o
               hacia ellos que van desde la actitud negligente, hasta los   mantenimiento de los vínculos, que
               castigos como medio de control. Esperamos que con la
               implementación -aunque tardía- de la Ley 21.430 (2022)  considere la participación de niñas,

               de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la   niños y adolescentes y su entorno.
               Niñez y Adolescencia, y con el trabajo colaborativo con
               que aportemos los organismos autónomos de derechos
               humanos, se propicie un cambio real en el sistema que
               impacte positivamente en la vida de los niños, niñas y
               adolescentes.

               En el ámbito de justicia juvenil, al igual que en el ámbito
               proteccional, el cambio real desde la mirada tutelar hacia
               la centrada en los derechos ha sido lento, y en muchos
               casos prácticamente ausente. Ello conlleva a que algunos
               funcionarios del servicio de reinserción social juvenil
               y de la custodia perimetral de Gendarmería conciban
               de entrada al adolescente infractor como un «sujeto
               conflictivo», que debe ser reconducido hacia una «mejor
               conducta», y que ello pasa por un trato a veces sanciona-
               dor con ellos, sin contemplar con claridad las variables
               evolutivas, de contexto, y sin una mirada interseccional.


































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