El Comité debe formular recomendaciones a las autoridades públicas o privadas de un recinto de privación de libertad, destinadas al mejoramiento de las condiciones de internación de las personas que permanezcan en ellos.
Más InformaciónDeber de informar
El Comité debe elaborar los informes que solicite cualquier órgano del Estado en materia de su competencia
Más InformaciónSolicitudes de información
El Comité puede solicitar a cualquier autoridad toda la información que requiera sobre las condiciones de privación de libertad, número de personas internadas en cualquier establecimiento o en general.
Más InformaciónDeber de contacto y colaboración
El Comité debe mantener un contacto permanente y colaborar con el Subcomité de Prevención de la Tortura de Naciones Unidas y con los Mecanismos Nacionales de Prevención de otros Estados.
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