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Quinto Informe Anual
Quint o I n f o rme A nual
Ministerio de Salud Personas residentes en establecimientos de salud
mental
Niñas, niños y adolescentes en residencias de 88. Se insta a la Subsecretaría de Salud Pública y a
protección la Subsecretaría de Redes Asistenciales, en el
mediano plazo, a elaborar un plan de desinstitu-
86. Se insta, a corto plazo, a realizar capacitaciones cionalización para las personas que se encuentran
a las/os funcionarias/os de los servicios de salud en servicios de larga estadía, con el propósito de
secundaria y terciaria sobre la Ley de Garantías, resguardar el derecho a la vida independiente y
sus alcances y la especial protección que tiene la inclusión en la comunidad, en coordinación
esta población que se encuentra bajo el cuidado con los centros de atención de salud mental de
del Estado, lo cual se traduce en la priorización sus lugares de origen. [Fuente: Informe de visita
de atención en salud física y mental de esta po- Clínica Psiquiátrica Raquel Gaete]
blación. [Fuente: Informe de Visita a la Residencia
Familiar para Adolescentes Alonso Sánchez, Región de Personas privadas de libertad en recintos
Arica y Parinacota; Informe de Visita a la Residencia penitenciarios
de Protección para la Primera Infancia (lactantes y Personas con discapacidad psicosocial o necesidades de
preescolares) (RLP-PER) Natividad, Región de Arica atención en salud mental privadas de libertad
y Parinacota]
89. En lo inmediato, el Comité estima necesario
87. Se insta, a mediano plazo, a establecer una reforzar los mecanismos de continuidad de
oferta especializada asociada a adolescentes con tratamiento, acceso oportuno a evaluación psi-
patología dual, correspondiente a unidades de quiátrica especializada y derivación prioritaria
mediana estadía en psiquiatría, a fin de generar de personas que presentan descompensaciones
un espacio adecuado y especializado para el severas o necesidades complejas de atención.
tratamiento de estas patologías, esto con el fin [Fuente: Internación provisional y medidas de seguridad
de procurar a los más altos estándares estable- en recintos penitenciarios]
cidos en la Convención sobre los Derechos del 90. En lo inmediato, el Comité plantea la convenien-
Niño en su artículo 24, párrafo 1 “Los Estados cia de evaluar la habilitación de un dispositivo
Parte reconocen el derecho del niño al disfrute transitorio de salud mental forense en la Región
del más alto nivel posible de salud y a servicios Metropolitana de Santiago, destinado a personas
para el tratamiento de las enfermedades y la sujetas a internación provisional o a medidas de
rehabilitación de la salud” (1990). Además, es seguridad por motivos de salud mental, con el
relevante que en dichos espacios el personal fin de reducir su permanencia en recintos pe-
fomente su adherencia y continuidad de trata- nitenciarios no diseñados para dicha finalidad.
miento. [Fuente: Informe de Visita a la Residencia [Fuente: Internación provisional y medidas de seguridad
Familiar para Adolescentes Alonso Sánchez, Región de en recintos penitenciarios]
Arica y Parinacota; Informe de Visita a la Residencia
Familiar para Adolescentes Magallanes, Región de 91. En el mediano plazo, el Comité considera per-
Magallanes y la Antártica Chilena] tinente avanzar en un plan extraordinario de
ampliación de cupos de internación psiquiátrica
forense, incluyendo camas de corta y mediana
estadía destinadas al cumplimiento de órdenes
judiciales de internación, con especial atención
a la Región Metropolitana de Santiago. [Fuente:
Internación provisional y medidas de seguridad en
recintos penitenciarios]
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