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Quint o I n f o rme A nual
Quinto Informe Anual
Personas privadas de libertad en recintos
penitenciarios
Personas con discapacidad psicosocial o necesidades de
atención en salud mental privadas de libertad
109. En lo inmediato, el Comité estima conveniente
reforzar la coordinación con tribunales, defensa
y red de salud cuando se adviertan necesidades
urgentes de evaluación, derivación o resguardo,
evitando que la investigación penal contribuya
por omisión a la prolongación de condiciones
de custodia incompatibles con la situación de la
persona. [Fuente: Internación provisional y medidas
de seguridad en recintos penitenciarios]
110. En el mediano plazo, el Comité recomienda for-
talecer la aplicación efectiva de las orientaciones
institucionales destinadas a facilitar la participación
de personas con discapacidad psicosocial o con
afectaciones de salud mental en investigaciones
penales, incluyendo adecuación de tiempos,
prevención de prejuicios y activación de apoyos
apropiados. [Fuente: Internación provisional y medidas
de seguridad en recintos penitenciarios]
111. En el mediano plazo, el Comité considera opor-
tuno implementar mecanismos de registro y
monitoreo de casos en que personas sujetas a
internación provisional o medida de seguridad
permanezcan en recintos penitenciarios, con el
objeto de identificar, seguir y contribuir a rever-
tir esa práctica. [Fuente: Internación provisional y
medidas de seguridad en recintos penitenciarios]
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