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Quinto Informe Anual





               y los distintos trámites vinculados con la ejecución de   Es importante destacar las recientes modificaciones
               las condenas, entre ellos, las solicitudes de libertad   introducidas al régimen de visitas judiciales a estable-
               condicional (OEA, CIDH, 2011, párr. 451).        cimientos penitenciarios y la interpretación sostenida
               Los niveles de hacinamiento observados en el sistema   por la Corte Suprema respecto de las competencias de
               penitenciario constituyen un factor estructural que   las fiscalías judiciales. En este contexto, el sistema ya
               dificulta gravemente la gestión penitenciaria y el res-  no contempla un mecanismo judicial permanente de
               guardo de los derechos fundamentales de las personas   inspección periódica de las condiciones de reclusión
               privadas de libertad. Además, limitan las posibilidades   equivalente al existente con anterioridad. Si bien las
               reales de reinserción social. En consecuencia, el haci-  juezas y los jueces de garantía, los tribunales de jui-
               namiento puede constituir, por sí mismo, una forma   cio oral en lo penal y las ministras y los ministros de
               de trato cruel, inhumano o degradante (OEA, CIDH,   las cortes de apelaciones conservan facultades para
               2011, párr. 460).                                adoptar medidas de protección en el ejercicio de sus
                                                                competencias, estas no reemplazan un sistema de
                                                                supervisión judicial preventiva e integral de las con-
               1.2   Transformaciones normativas e              diciones de privación de libertad.
                    institucionales con impacto en el sistema   Expansión legislativa en seguridad pública
                    penitenciario
                                                                Durante el período 2022–2025, la seguridad pública
               Ausencia de una ley de ejecución                 adquirió una posición central en la agenda legislativa
               de penas y control judicial de la ejecución penal  nacional. Esto se tradujo en la promulgación de una
                                                                serie de leyes vinculadas con esta materia, con inci-
               El análisis del contexto penitenciario evidencia la per-  dencia directa o indirecta en el funcionamiento del
               sistencia de una brecha estructural identificada desde   sistema penitenciario.
               hace largo tiempo por el Comité: la ausencia de una
               ley de ejecución de penas que regule integralmente el   En particular, se aprobaron modificaciones legales con
               cumplimiento de las sanciones privativas de libertad   un impacto potencial sobre el ingreso y la permanencia
               y permita contar con una judicatura especializada en   de personas en el sistema penitenciario. Entre ellas
               ejecución penal. Pese a las distintas iniciativas impul-  se encuentran la Ley N° 21.635 (2023), que amplió los
               sadas durante las últimas décadas, el proyecto de ley   criterios de procedencia de la prisión preventiva; la
               que modifica diversos textos legales en materia de   Ley N° 21.694 (2024), que incorporó modificaciones
               ejecución de sanciones penales no registró avances   relacionadas con la persecución penal de la reinciden-
               sustantivos desde 2024, cuando pasó a segundo trámite   cia y de determinados delitos de mayor connotación
               constitucional en el Senado (Comisión de Constitución,   social; y las leyes N° 21.575 (2023) y N° 21.594 (2023),
               Legislación, Justicia y Reglamento, 2018).       orientadas al fortalecimiento de la persecución del
                                                                narcotráfico y el crimen organizado y al establecimiento
               La relevancia de contar con una regulación integral
               de la ejecución de las penas se relaciona también   de nuevas figuras penales asociadas con la tenencia de
                                                                dispositivos tecnológicos que permitan comunicarse
               con la existencia de mecanismos efectivos de control
               jurisdiccional durante esta etapa. En este sentido, la   con el exterior desde recintos penitenciarios.
               CIDH ha sostenido que, para cumplir las obligaciones   Desde la perspectiva de la prevención de la tortura y
               derivadas de la posición de garante de los derechos   otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradan-
               de las personas privadas de libertad, los Estados de-  tes, el Comité observa que la adopción de reformas
               ben activar gran parte de su aparato institucional. Al   penales y procesales que puedan incrementar el uso
               respecto, corresponde a la judicatura ejercer la tutela   de la privación de libertad exige considerar sus efectos
               judicial de las condiciones de reclusión y controlar la   sobre la capacidad del sistema penitenciario para
               ejecución de las penas privativas de libertad (OEA,   garantizar condiciones de reclusión compatibles con
               CIDH, 2011, párr. 58).                           la dignidad humana.


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