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Quinto Informe Anual
y los distintos trámites vinculados con la ejecución de Es importante destacar las recientes modificaciones
las condenas, entre ellos, las solicitudes de libertad introducidas al régimen de visitas judiciales a estable-
condicional (OEA, CIDH, 2011, párr. 451). cimientos penitenciarios y la interpretación sostenida
Los niveles de hacinamiento observados en el sistema por la Corte Suprema respecto de las competencias de
penitenciario constituyen un factor estructural que las fiscalías judiciales. En este contexto, el sistema ya
dificulta gravemente la gestión penitenciaria y el res- no contempla un mecanismo judicial permanente de
guardo de los derechos fundamentales de las personas inspección periódica de las condiciones de reclusión
privadas de libertad. Además, limitan las posibilidades equivalente al existente con anterioridad. Si bien las
reales de reinserción social. En consecuencia, el haci- juezas y los jueces de garantía, los tribunales de jui-
namiento puede constituir, por sí mismo, una forma cio oral en lo penal y las ministras y los ministros de
de trato cruel, inhumano o degradante (OEA, CIDH, las cortes de apelaciones conservan facultades para
2011, párr. 460). adoptar medidas de protección en el ejercicio de sus
competencias, estas no reemplazan un sistema de
supervisión judicial preventiva e integral de las con-
1.2 Transformaciones normativas e diciones de privación de libertad.
institucionales con impacto en el sistema Expansión legislativa en seguridad pública
penitenciario
Durante el período 2022–2025, la seguridad pública
Ausencia de una ley de ejecución adquirió una posición central en la agenda legislativa
de penas y control judicial de la ejecución penal nacional. Esto se tradujo en la promulgación de una
serie de leyes vinculadas con esta materia, con inci-
El análisis del contexto penitenciario evidencia la per- dencia directa o indirecta en el funcionamiento del
sistencia de una brecha estructural identificada desde sistema penitenciario.
hace largo tiempo por el Comité: la ausencia de una
ley de ejecución de penas que regule integralmente el En particular, se aprobaron modificaciones legales con
cumplimiento de las sanciones privativas de libertad un impacto potencial sobre el ingreso y la permanencia
y permita contar con una judicatura especializada en de personas en el sistema penitenciario. Entre ellas
ejecución penal. Pese a las distintas iniciativas impul- se encuentran la Ley N° 21.635 (2023), que amplió los
sadas durante las últimas décadas, el proyecto de ley criterios de procedencia de la prisión preventiva; la
que modifica diversos textos legales en materia de Ley N° 21.694 (2024), que incorporó modificaciones
ejecución de sanciones penales no registró avances relacionadas con la persecución penal de la reinciden-
sustantivos desde 2024, cuando pasó a segundo trámite cia y de determinados delitos de mayor connotación
constitucional en el Senado (Comisión de Constitución, social; y las leyes N° 21.575 (2023) y N° 21.594 (2023),
Legislación, Justicia y Reglamento, 2018). orientadas al fortalecimiento de la persecución del
narcotráfico y el crimen organizado y al establecimiento
La relevancia de contar con una regulación integral
de la ejecución de las penas se relaciona también de nuevas figuras penales asociadas con la tenencia de
dispositivos tecnológicos que permitan comunicarse
con la existencia de mecanismos efectivos de control
jurisdiccional durante esta etapa. En este sentido, la con el exterior desde recintos penitenciarios.
CIDH ha sostenido que, para cumplir las obligaciones Desde la perspectiva de la prevención de la tortura y
derivadas de la posición de garante de los derechos otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradan-
de las personas privadas de libertad, los Estados de- tes, el Comité observa que la adopción de reformas
ben activar gran parte de su aparato institucional. Al penales y procesales que puedan incrementar el uso
respecto, corresponde a la judicatura ejercer la tutela de la privación de libertad exige considerar sus efectos
judicial de las condiciones de reclusión y controlar la sobre la capacidad del sistema penitenciario para
ejecución de las penas privativas de libertad (OEA, garantizar condiciones de reclusión compatibles con
CIDH, 2011, párr. 58). la dignidad humana.
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