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Cuarto Informe Anual
Capítulo II: Ejes Temáticos
2.2 Mecanismos de denuncia y protección nal de las personas, permitiéndoles un entorno más
seguro y menos opresivo. La ausencia de un régimen
Este punto es crítico para la seguridad y la recupe-
ración integral de las personas. En gran parte de los de custodia estrictamente carcelario podría otorgar a
recintos forenses visitados por el CPT, incluso en las personas un mayor sentido de autonomía, lo que
aquellos ubicados en establecimientos hospitala- contribuye a su recuperación, al reducir la sensación
rios, predomina un régimen carcelario de control en de despersonalización y humillación, comunes en
cuanto a la seguridad, imponiendo normas a través ambientes más autoritarios y punitivos.
de la sanción, lo que se ve reforzado por la existencia Por el contrario, en unidades donde persiste un régi-
de mecanismos deficientes de denuncia y protección men carcelario, la falta de transparencia y de registros
frente a posibles represalias. detallados de las intervenciones tiende a perpetuar
un enfoque más rígido y controlado, en el cual la
A modo de ejemplo, en uno de los recintos visitados se
tomó conocimiento de que las personas internas, al ser seguridad se prioriza por sobre el bienestar de las
entrevistadas por las y los profesionales de la defensa personas. En estos contextos, las personas son tratadas
como sujetos a controlar, más que como individuos
o al sostener conversaciones con sus visitas, deben con derechos, lo que dificulta la implementación de
hacerlo en presencia de personal de Gendarmería de
Chile (GENCHI), quienes se niegan a otorgar espacios medidas susceptibles de evaluación y ajuste según
las necesidades de cada paciente.
de privacidad, argumentando razones de seguridad.
Esta situación impide que las personas puedan ma- Un ejemplo de lo anterior es que, en una de las unida-
nifestar molestias o quejas por temor a represalias. des, las personas podían acceder al aire libre (patio)
solo 15 minutos, tres veces al día, lo que generaba un
De acuerdo con lo anterior, en los recintos forenses malestar generalizado, justificado bajo criterios de
persiste un modelo manicomial que privilegia la control y seguridad.
custodia por sobre la recuperación, lo que genera ais-
lamiento y refuerza la estigmatización. Esta dinámica Además, este tipo de régimen puede crear barreras para
dificulta que las personas puedan expresar sus quejas la comunicación y la colaboración entre los equipos
o inconformidades de manera segura y a través de de salud y las personas institucionalizadas, lo que
mecanismos adecuados. A ello se suma la prolongada disminuye las oportunidades para una evaluación
permanencia en estos recintos, incluso cuando las clínica más precisa y un tratamiento más adecuado.
personas han logrado estabilización clínica, debido a la
falta de audiencias oportunas para evaluar su egreso.
No existen medios eficaces para que estas puedan
impugnar esta situación. Según lo documentado,
en algunas unidades los tiempos de espera pueden
extenderse hasta seis meses solo para la realización
del peritaje, seguido de un período adicional de hasta Las unidades forenses recurren
nueve meses antes de que se lleve a cabo la audiencia con frecuencia a la contención
que determinará su situación judicial.
Se constató en las visitas realizadas que, en dos unidades mecánica, observándose en algunas
forenses, se prescindió de la custodia de Gendarmería, de estas la utilización de grilletes
priorizando el cuidado de las personas, lo que ha faci- como parte de los elementos de
litado su estabilización y la mantención de ambientes
con menos estresores, según el relato de quienes han contención. Estas prácticas reflejan
implementado la medida. Esta decisión ha demostrado un enfoque disciplinario más que de
ser un enfoque más efectivo para la rehabilitación y
recuperación, ya que favorece el bienestar emocio- rehabilitación.
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