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Cuarto Informe Anual
                                                    Capítulo II: Ejes Temáticos



               2.1   Las medidas de seguridad                   persistan las condiciones que motivaron su imposición,
                    en la legislación nacional                  teniendo como límite el tiempo de la pena mínima

               La legislación nacional permite la aplicación de medidas   probable (art. 481, inc. 1° del Código Procesal Penal).
               de seguridad a personas con enajenación mental que
               hayan cometido un hecho típico y antijurídico, siempre
               que existan antecedentes calificados que permitan   Si durante el proceso penal surgen antecedentes ca-
                                                                lificados que permitan presumir que la imputada o
               presumir que representan un peligro para sí mismas
               o para terceros (art. 455 del Código Procesal Penal).  el imputado sufre enajenación mental, el tribunal de
                                                                garantía, a petición del Ministerio Público, de oficio o a
               Desde una perspectiva dogmática, las medidas de segu-  solicitud de parte, podrá ordenar la elaboración de un
               ridad han sido definidas como: "(...) una consecuencia   informe psiquiátrico para evaluar su imputabilidad,
               jurídica del delito, distinta de la pena, consistente en la   suspendiendo el procedimiento hasta que se emita dicho
               privación o restricción de bienes jurídicos, fundada en la   informe (art. 458 del Código Procesal Penal). Durante este
               peligrosidad criminal del sujeto, con exclusiva función   procedimiento, el tribunal deberá designar un curador
               de prevención especial" (Falcone, 2007, pág. 237).  ad litem para resguardar los derechos de la persona en
               Por su parte, el Código Procesal Penal regula dos tipos   el proceso (art. 459 del Código Procesal Penal).
               de medidas de seguridad, según la gravedad del caso   Una vez concluida la investigación penal, si del informe
               (art. 457 del Código Procesal Penal): la Internación en   psiquiátrico se desprende que la persona es inimpu-
               un recinto psiquiátrico o la custodia y tratamiento   table y representa un peligro para sí o para terceros,
               en una institución especializada para tales efectos,   y además se acredita su participación en los hechos,
               prohibiendo el uso de establecimientos carcelarios.
                                                                el Ministerio Público podrá solicitar la aplicación de
               Asimismo, establece que las medidas de seguridad   medidas de seguridad. Un aspecto legal importante
               no podrán ejecutarse en establecimientos peniten-  a considerar es la reforma al artículo 458 del Código
               ciarios, por lo que la persona deberá ser trasladada   Procesal Penal (en septiembre del 2024), que introdujo
               a una institución especializada. En caso de no existir   dos cambios sustanciales :
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               un recinto en el lugar, se habilitará un espacio en el
               hospital público más cercano (art. 457, inc. 2° del Có-
               digo Procesal Penal). Sobre la duración y control de las   1.  Mayor exigencia en la solicitud del informe psiquiá-
               medidas de seguridad, estas se mantendrán mientras   trico: Ahora se requiere que existan antecedentes
                                                                   calificados que permitan presumir fundadamente
                                                                   la inimputabilidad. En su versión anterior, la norma
                                                                   no exigía la calificación de los antecedentes ni la
               La legislación nacional permite la                  presunción fundada, lo que elevó el estándar de
                                                                   valoración del tribunal para ordenar la realización
               aplicación de medidas de seguridad                  de un informe psiquiátrico.
               a personas con enajenación mental                2.  Facultades del juez respecto a medidas cautelares:

               que hayan cometido un hecho típico                  Se incorporó un segundo inciso, en el cual se esta-

               y antijurídico, siempre que existan                 blece que el juez podrá mantener, otorgar o revocar
                                                                   medidas cautelares personales (Título V Libro I del
               antecedentes calificados que permitan               Código Procesal Penal) , como la prisión preventiva,

               presumir que representan un peligro                 o bien disponer la internación provisional.
               para sí mismas o para terceros.

                                                                6   Ley N° 21.694 Modifica los cuerpos legales que indica para mejorar la persecución
                                                                   penal en materia de reincidencia y delitos de mayor connotación social.


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